Es el accidente que sufre el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.
Conforme se establece en la Ley, para que se considere accidente in itinere, deben producirse estos requisitos:
- Teleológico: El fin del desplazamiento debe ser ir o volver del trabajo.
- Topográfico: El camino utilizado para el desplazamiento debe ser el habitual y normal.
- Mecánico: El medio de transporte utilizado debe ser el habitual y adecuado para salvar la distancia a recorrer.